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Estoy en completo acuerdo con lo planteado, la empresa no puede evadir su responsabilidad como entidad obligada, la ley es clara al definir sanciones para quienes no cumplen con lo exigido.
La empresa Agrocomercial Sur cometió varios errores, entre ellos:
1. No realizó el estudio de seguridad
2. No implementó medidas de seguridad
3. No se coordinó con las autoridades pertinentes
4. No hizo los registros y comunicaciones obligatoriasComo consecuencia de sus errores podría enfrentar sanciones hasta las 13.500 UTM y clausura definitiva del establecimiento, lo cual se podría haber evitado si hubiese estado atenta a la nueva ley y a sus obligaciones como entidad obligada.
Me parece un claro ejemplo práctico de cómo esta ley cambia la forma de documentar los procesas y asegurar el cumplimiento de la normativa de forma trazable, disminuyendo las brechas entre lo que se debe hacer y lo que efectivamente se hace.
La nueva ley exige una mayor profesionalización de los guardias de seguridad, lo que conlleva a que estén mucho mejor preparados para actuar frente a distintos escenarios y riesgos que se presenten en la instalación y, al estar mejor preparados tendrán un mayor empoderamiento de su cargo, transmitirán más confianza y serán más respetados por los distintos usuarios del sistema. Esto permite que la seguridad incremente de forma exponencial, mayor orden, mejores procedimientos y mejor estructura en todo el ciclo de la seguridad.
En cuanto a los organismos que contratan los servicios de seguridad, tendrán una participación activa en la fiscalización del cumplimiento de la normativa, puesto que son tan responsables de su cumplimiento como la empresa de seguridad. Es de vital importancia que la empresa contratante y la empresa de seguridad trabajen codo a codo para cumplir la normativa y mantener una seguridad preventiva y no reactiva.
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