Ley N° 21.659: busca precisamente profesionalizar, regular, digitalizar y fiscalizar estrictamente el sector de la seguridad privada: exigiendo acreditacion al dia, formacion, autorizacion institucional. Permitir la informalidad (gente sin acreditacion) puede ser un retroceso frente a esta nueva ley.Si un guardia carece de formación adecuada, no sabrá cómo actuar ante situaciones de emergencia (robos, conflictos, accesos no autorizados, fallas técnicas, evacuaciones, incidentes), ni podrá aplicar correctamente protocolos de seguridad, registro, comunicación o atención de crisis. Eso incrementa la probabilidad de errores, negligencias, decisiones imprudentes, reacciones desproporcionadas o inadecuadas. Esto podria general multas , tanco como la empresa contratante , como la prestadora. Puede afectar la reputacion de ambas empresas, generando riesgos legales y financieros.
Un ej
En un local comercial de alto riesgo (ej. tienda con gran afluencia, valores, sistemas de alarma): un guardia sin capacitación puede desconocer protocolos de emergencia, no activar sistemas de CCTV, lo que termina en abandono del control, vulnerabilidad y pérdidas importantes. Para la empresa contratante. O, peor aún: el guardia puede exceder sus atribuciones — realizar detenciones sin flagrancia, registrar personas sin legitimidad, usar fuerza — lo que podría derivar en denuncias por abuso, violación de derechos, hechos penales.