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    • #6597
      adminstratemy
      Superadministrador

        ¿Cuál consideras que es el principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada?

      • #6931
        patricio bustamante
        Participante

          Considero que existe un alto índice que disminuya la efectividad en el rol preventivo y en respuesta ante situaciones de riesgo, lo que puede resultar en algún tipo de ilícitos, lo que genera una percepción de inseguridad en el entorno.

          • #7790
            adminstratemy
            Superadministrador

              Muy buen análisis. Resaltas claramente cómo la falta de acreditación repercute en la función preventiva y en la respuesta ante riesgos, generando incluso una mayor percepción de inseguridad en la comunidad. Tu reflexión se alinea con lo establecido en la Ley N° 21.659 sobre la importancia de contar con personal capacitado y acreditado. ¡Excelente contribución!

            • #8159

              el principal riesgo es la falta de control y fiscalización efectiva ,lo que permite que personas sin la formación ni acreditación adecuada trabajan en seguridad privada poniendo en riesgo la integridad de las personas y bienes y la legalidad del servicio

            • #9055
              Claudio Bocaz Cofre
              Participante

                El principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es que se compromete directamente la seguridad de las personas, los bienes y los propios trabajadores, generando un impacto negativo tanto operativo como legal.
                La Ley 21.659 exige que el personal de seguridad cuente con formación, certificación, habilitación y competencias profesionales justamente porque un guardia sin estas condiciones puede:
                1. Actuar de forma incorrecta o desproporcionada, poniendo en riesgo la integridad física de terceros o vulnerando derechos fundamentales.
                2. Responder inadecuadamente ante emergencias, aumentando la probabilidad de daños, pérdidas o accidentes.
                3. Ejecutar procedimientos sin conocer protocolos, lo que puede escalar conflictos o producir intervenciones inseguras.
                4. Generar responsabilidad civil, administrativa e incluso penal para la empresa contratante y para quien opera sin autorización.
                5. Debilitar la confianza pública en la seguridad privada, afectando la coordinación con policías y autoridades fiscalizadoras

            • #7419
              caoselite9
              Participante

                Riesgo principal:

                El principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es la pérdida de confianza en el sistema de seguridad privada y la *exposición a riesgos para la comunidad y los clientes.

                Elementos normativos:

                – Ley N° 21.659: Esta ley establece los requisitos para la acreditación y funcionamiento de las empresas de seguridad privada, incluyendo la capacitación y certificación del personal operativo.
                – Reglamento de la Ley N° 21.659: El reglamento establece los detalles específicos para la implementación de la ley, incluyendo los requisitos para la acreditación y la capacitación del personal operativo.

                Consecuencias:

                – Incumplimiento de estándares mínimos: El personal no acreditado o mal capacitado puede no cumplir con los estándares mínimos de calidad y seguridad, lo que puede generar riesgos para la comunidad y los clientes.
                – Pérdida de confianza: La falta de acreditación y capacitación adecuada puede generar pérdida de confianza en el sistema de seguridad privada, lo que puede afectar la reputación de las empresas y la industria en general.
                – Riesgos legales y financieros: La falta de acreditación y capacitación adecuada puede generar riesgos legales y financieros para las empresas de seguridad privada, incluyendo sanciones y demandas.

                Casos reales:

                – Incidentes de seguridad: Hay casos documentados de incidentes de seguridad que han ocurrido debido a la falta de capacitación y acreditación adecuada del personal de seguridad privada.
                – Sanciones y multas: Las empresas de seguridad privada han sido sancionadas y multadas por no cumplir con los requisitos de acreditación y capacitación del personal operativo.

                En resumen, el principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es la pérdida de confianza en el sistema de seguridad privada y la exposición a riesgos para la comunidad y los clientes. La acreditación y la capacitación adecuada del personal operativo son fundamentales para garantizar la calidad y seguridad del servicio.

                • #7791
                  adminstratemy
                  Superadministrador

                    Excelente trabajo. Tu respuesta es completa y bien estructurada, incorporando los elementos normativos de la Ley N° 21.659 y sus reglamentos, además de detallar riesgos, consecuencias y ejemplos reales. Destacas muy bien cómo la falta de acreditación impacta no solo en la seguridad, sino también en la confianza y la reputación del sistema. ¡Muy buen aporte al debate!

                • #7593
                  cesar fonseca
                  Participante

                    Relación a la pregunta en cuestión, en mi entendimiento el espíritu de la Ley Nro.
                    21.659 en sus Articulados, es la profesionalización del Servicio de Seguridad
                    Privada en Chile, tanto a nivel administrativo, operativo, elevando el estándar a todo
                    nivel, modernizando los procesos, con capacitaciones permanentes, mejorando
                    controles internos, agregando además el respeto irrestricto a las personas ( DDHH),
                    con una base de dato sólida y actualizada (Registro Nacional), lo que permitirá una
                    trazabilidad ante situaciones espcificas que requiera su uso.
                    Los riesgos que puede tener a una empresa al presentar, personal no acreditado o
                    mal capacitado, conforme a la Ley, es considerada como una falta gravísima tanto
                    para el trabajador, como para la empresa, la Ley Nro. 21.659 es clara y precisa (
                    cumplir con su autorización, registros, antecedentes actualizados ante la SPD ,
                    poseer credencial vigente otorgada por la misma entidad estatal).
                    Esta falta gravísima, crea según mi punto de análisis un daño de imagen al servicio
                    de Seguridad Privada (cuestionamiento social), además de dar un pésimo servicio
                    al cliente (que tiene por cierto en no respuesta de la empresa responsabilidad
                    solidaria) y esta sea una empresa jurídica o natural, tiene sanciones pecuniarias de
                    alto valor y que puede llevar a la cancelación de su servicio de seguridad de forma
                    definitiva y desaparecer como empresa prestadora del Servicio en mención. En
                    resumen se debe tener un cabal conocimiento de los procesos y control del personal
                    para si evitar problemas tanto administrativos como operativos.

                    • #7792
                      adminstratemy
                      Superadministrador

                        Muy buen trabajo. Tu análisis muestra un dominio claro del espíritu de la Ley N° 21.659, destacando la profesionalización del sector, el respeto a los DDHH y la trazabilidad mediante el Registro Nacional. Además, identificas correctamente las consecuencias normativas y reputacionales de operar con personal no acreditado, señalando el impacto en la empresa y en la confianza pública. Excelente aporte, sólido y bien fundamentado.

                      • #9056
                        Claudio Bocaz Cofre
                        Participante

                          MUY BUENA RESPUESTA,

                      • #7610
                        sergio
                        Participante

                          Contratar a una persona que carezca de idoneidad profesional o capacitada nos exponemos a prestar un mal servicio lo que puede implicar graves consecuencias a instalaciones y/o publico en general.

                          • #7793
                            adminstratemy
                            Superadministrador

                              Muy bien planteado. Señalas con claridad que la falta de idoneidad del personal repercute directamente en la calidad del servicio y en la seguridad de las instalaciones y de las personas. Tu aporte refleja correctamente el riesgo central que la Ley N° 21.659 busca prevenir con la exigencia de acreditación y capacitación. ¡Buen análisis!

                          • #7824
                            luis solano
                            Participante

                              El principal riesgo es el peligro inminente para la seguridad e integridad de las personas y los bienes. El personal no acreditado o mal capacitado carece de las habilidades necesarias para manejar situaciones de crisis, lo que puede llevar a consecuencias graves.
                              Riesgos Clave
                              1)-Inefectividad y reacciones inadecuadas: Sin la capacitación adecuada, el personal puede reaccionar de forma tardía o incorrecta ante emergencias como robos o agresiones, lo que podría agravar la situación.
                              2)-Violación de la ley: El desconocimiento de la normativa, como la Ley N° 21.659, puede llevar a que el personal cometa infracciones o actos ilegales, lo que expone a la empresa y al cliente a sanciones y responsabilidades legales.
                              3)-Uso excesivo de la fuerza: La falta de entrenamiento en el uso de la fuerza y técnicas de contención puede resultar en lesiones a terceros y en demandas por abuso de poder.
                              4)-Daño a la reputación: Contratar personal no calificado deteriora la credibilidad y la imagen de la empresa de seguridad y de sus clientes, pudiendo llevar a la pérdida de negocios y a la desconfianza pública.

                              • #8010
                                adminstratemy
                                Superadministrador

                                  Excelente respuesta. Logras identificar de manera estructurada los principales riesgos, integrando tanto aspectos operativos como legales de la Ley N° 21.659. Destacas con claridad las consecuencias en la seguridad de las personas, el cumplimiento normativo y la reputación institucional, lo que refleja una comprensión profunda y bien fundamentada del tema. ¡Muy buen aporte al debate!

                                • #10300
                                  rodrigo angulo
                                  Participante

                                    muy buen análisis del tema

                                • #7825
                                  omar Gutierrez
                                  Participante

                                    EL principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es la posibilidad de que se produzcan situaciones de peligro y se incremente el riesgo de accidentes y errores en el trabajo. Algunos de los riesgos específicos son :
                                    – Riesgos laborales: La falta de capacitación adecuada puede generar estrés, ansiedad, depresión y otros problemas de salud mental en los trabajadores de seguridad privada, lo que puede afectar su desempeño y aumentar el riesgo de accidentes.
                                    – Disminución de la productividad y calidad del servicio: La falta de capacitación puede llevar a errores y retrasos en la prestación del servicio, lo que puede afectar la calidad y eficiencia del trabajo.
                                    – Incremento de conflictos y problemas de seguridad: La falta de conocimientos y habilidades puede generar malentendidos y desacuerdos entre los trabajadores de seguridad privada y otros, lo que puede crear un ambiente laboral tenso y aumentar el riesgo de incidentes de seguridad.
                                    – Desprestigio de la empresa y pérdida de confianza: La falta de capacitación adecuada puede afectar negativamente la reputación de la empresa de seguridad privada y llevar a la pérdida de confianza de los clientes.
                                    – Riesgos legales y financieros: La falta de capacitación adecuada puede llevar a errores y negligencia en el trabajo, lo que puede generar responsabilidades legales y financieras

                                    Es importante destacar que la capacitación adecuada es fundamental para garantizar la seguridad y eficiencia en el trabajo de seguridad privada. Las empresas de seguridad privada deben priorizar la capacitación y el desarrollo de sus trabajadores para minimizar los riesgos y garantizar la calidad del servicio.

                                    • #8011
                                      adminstratemy
                                      Superadministrador

                                        Muy buen aporte. Tu respuesta es clara, completa y aborda distintos niveles de riesgo: laborales, operativos, legales y reputacionales. Destacas con precisión cómo la falta de capacitación impacta tanto en la seguridad como en la confianza hacia la empresa, alineándote con los objetivos de profesionalización que establece la Ley N° 21.659. Excelente reflexión.

                                    • #7960
                                      John Whitney B
                                      Participante

                                        El principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es la generación de vulnerabilidades y brechas de seguridad en la seguridad pública y privada, lo que puede traducirse en consecuencias graves tanto para las organizaciones, las personas y usuarios finales de los sistemas de seguridad. De esto, se puede extraer lo siguiente:
                                        – Responsabilidad civil y penal en casos de incidentes (lesiones, abuso de autoridad, entre otros).
                                        – Faltas, multas y -eventualmente- la cancelación de la autorización de funcionamiento o de operar.
                                        -Clientes (empresas mandantes) con inseguridad ante fiscalizaciones.
                                        – Perdida de prestigio, ya que la empresa de seguridad no cumple con los estándares básicos que emana la Ley, degradando su imagen, seriedad y profesionalismo.
                                        – En el caso de prohibición de funcionamiento, la perdida de trabajo por los colaboradores que componen la empresa – y su impacto social con sus familias-. entre otras.

                                        Como se puede ver el mayor riesgo es la combinación entre inseguridad real y responsabilidad legal, ya que personal no acreditado no solo falla en proteger, sino que además expone a la empresa y a los usuarios a graves consecuencias jurídicas, económicas y sociales.

                                        • #7986
                                          victorcastilloantunez
                                          Participante

                                            Concuerdo plenamente con tu reflexión y los impactos que generan tener personal no acreditado y sin formación en el área de seguridad.

                                          • #8012
                                            adminstratemy
                                            Superadministrador

                                              Excelente análisis. Tu respuesta integra muy bien los riesgos operativos con las consecuencias legales, económicas y sociales, mostrando una visión completa de lo que implica trabajar con personal no acreditado. Destacas correctamente la responsabilidad que establece la Ley N° 21.659 y el impacto que puede tener tanto en la empresa como en la comunidad. ¡Muy buen aporte!

                                          • #7978
                                            Javier Javier Varela
                                            Participante

                                              ¿Cuál consideras que es el principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada?
                                              Primero es importante hacer la diferencia entre capacitado y acreditado, El personal podría estar capacitado y no acreditado cumpliendo con funciones como GGSS o VVPP. Lo anterior, asumiendo el riesgo por parte del prestador y el contratante a enfrentar situaciones que pongan en peligro la seguridad física de las instalaciones bajo su responsabilidad, como también las de los guardias y de terceros involucrados. De lo anterior, se deduce que la acreditación se vuelve indispensable, debido a que es el mecanismo que permite asegurar que cada integrante del sistema de seguridad privada, está en condiciones de ejercer sus funciones, tanto en el ámbito que regula la ley, cómo en aquellos aspectos de idoneidad, salud y condición menta.
                                              Todo lo anterior, se traduce en los riesgos laborales, legales, procedimentales y finalmente repercutirán directamente en las personas.
                                              Y en virtud de los principios establecidos por la ley, la profesionalización se alza como uno de sus pilares fundamentales en el buen funcionamiento y cumplimiento de ésta como un todo.

                                              • #7979
                                                Javier Javier Varela
                                                Participante

                                                  Completamente de acuerdo John, las consecuencias del incumplimiento de las normas en discusión tiene claras consecuencias para el prestador y sumo a tu comentario, la responsabilidad de quién contrata respecto de la verificación de los antecedentes de la empresa y de que aquellos que ejercen las funciones de seguridad cuenten con los requisitos exigidos por la ley.
                                                  Saludos

                                                • #8013
                                                  adminstratemy
                                                  Superadministrador

                                                    Muy buen planteamiento. Destacas de forma precisa la diferencia entre estar capacitado y acreditado, señalando que la acreditación es la garantía legal y práctica de idoneidad para ejercer funciones en seguridad privada. Tu análisis vincula correctamente los riesgos operativos, legales y laborales con el principio de profesionalización que impulsa la Ley N° 21.659. ¡Excelente aporte!

                                                • #7985
                                                  victorcastilloantunez
                                                  Participante

                                                    El principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada radica en la vulneración de derechos fundamentales y en el ejercicio ilegal de funciones que comprometen la seguridad pública y privada. La Ley 21.650 establece claramente, en su Artículo 22, que toda persona que desempeñe funciones operativas en seguridad privada debe contar con una autorización individual otorgada por la Autoridad Fiscalizadora, previo cumplimiento de requisitos como formación, evaluación psicológica y revisión de antecedentes.
                                                    Cuando se permite que personal no acreditado opere, se infringen estos requisitos, lo que impide garantizar la idoneidad, el conocimiento de los límites legales y el comportamiento ético del trabajador, generando un riesgo real de uso excesivo de la fuerza, discriminación o detenciones arbitrarias. Además, según el Artículo 7, las empresas y empleadores son responsables de que su personal esté debidamente acreditado, por lo que incurrir en esta falta también expone a sanciones administrativas e incluso penales.
                                                    Además, este incumplimiento debilita la labor fiscalizadora del Estado, ya que escapa del control formal establecido por la ley. En consecuencia, no solo se afecta la calidad del servicio, sino que también se pone en peligro la confianza pública en el sistema de seguridad privada, afectando la convivencia social y el orden legal.

                                                    • #8014
                                                      adminstratemy
                                                      Superadministrador

                                                        Excelente aporte. Tu respuesta demuestra un sólido manejo normativo al citar artículos específicos de la Ley N° 21.659, vinculando la acreditación con la protección de derechos fundamentales y la responsabilidad de las empresas. Destacas con claridad las consecuencias legales y sociales de operar con personal no acreditado, lo que refleja un análisis profundo y bien fundamentado. ¡Muy buen trabajo!

                                                    • #8096
                                                      ricardo diaz
                                                      Participante

                                                        Es fundamental que las personas que ejercen un oficio o profesión, lo hagan moralmente y eticamente aptos y con las capacidades o intrucciones respectivas, de esta forma no se sentirá disminuido ante sus pares o el publico que deba atender en razón de las tareas encomendadas. Por otro lado, un tema no menor es la responsabilidad que le cabe a las organizacines que contraten a personas que no cumplan los requisitos basicos, dada las consecuencias legales y economicas que esto pudiese ocasionar, considerando el articulo 22 de la Ley 21.650 en lo que se refiere a requisitos, autorización y la acreditación respectiva.

                                                        • #8151
                                                          adminstratemy
                                                          Superadministrador

                                                            Muy buena reflexión. Destacas acertadamente la importancia de la ética y la idoneidad profesional en el desempeño del personal de seguridad, junto con la responsabilidad de las organizaciones al momento de contratar. Además, fundamentas tu análisis en la Ley N° 21.659, mostrando una comprensión clara del marco legal y sus implicancias. ¡Buen aporte!

                                                        • #8142
                                                          franciscoerices172
                                                          Participante

                                                            El principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada radica en la vulneración directa de los principios de legalidad, trazabilidad y protección efectiva, pilares fundamentales de la Ley N° 21.659. La acreditación OS-10 vigente no es un trámite accesorio, sino un requisito habilitante que valida la idoneidad técnica y ética del trabajador para ejercer funciones que, por su naturaleza, implican contacto directo con personas, bienes y procesos críticos.
                                                            Cuando se omite este requisito, se expone a la organización contratante y a los usuarios del servicio a riesgos operativos, legales y reputacionales. Un guardia sin formación adecuada puede incurrir en uso indebido de la fuerza, omisión de protocolos ante emergencias o incluso vulneración de derechos fundamentales. Además, la falta de acreditación impide a Carabineros de Chile ejercer fiscalización efectiva, debilitando el control institucional sobre el sistema.
                                                            Desde mi experiencia en gestión preventiva, he observado que la ausencia de formación continua en supervisores y encargados de seguridad genera brechas operativas graves, especialmente en entornos de alta concurrencia como hospitales o centros comerciales. La Ley N° 21.659, en su artículo 9, exige coordinación con la Subsecretaría de Prevención del Delito y conservación de antecedentes que permitan individualizar responsabilidades ante hechos que revistan carácter de delito. Sin acreditación, esta trazabilidad se pierde.
                                                            En conclusión, permitir que personal no acreditado opere en seguridad privada no solo infringe la ley, sino que compromete la eficacia del sistema, la seguridad de las personas y la legitimidad institucional del servicio. La formación y acreditación no deben entenderse como requisitos administrativos, sino como garantías mínimas para un ejercicio profesional, legal y responsable.

                                                            • #8152
                                                              adminstratemy
                                                              Superadministrador

                                                                Excelente trabajo. Tu respuesta demuestra un dominio técnico y jurídico sobresaliente, integrando los principios rectores de la Ley N° 21.659 con una mirada práctica desde la gestión preventiva. Destacas con precisión el valor de la acreditación OS-10 como garantía de idoneidad y trazabilidad, y vinculas correctamente los riesgos operativos, legales y reputacionales. Una reflexión completa, sólida y muy bien argumentada.

                                                            • #8145
                                                              jorgesalinasschlack
                                                              Participante

                                                                Creo que al establecerse en la Ley 21.659 deberes operativos y restricciones normativas al personal, resultaría casi una negligencia el contratar personal mal capacitado o no acreditado para ejercer funciones de seguridad privada. En este caso en particular, los riesgos que se visualizan son diversos. El desconocimiento legal de un trabajador con estos problemas, puede vulnerar los derechos fundamentales de algún ciudadano, no cumplir con los estándares físicos, de salud o técnicos también ponen en riesgo lo que se está resguardando y al público en general y su entorno. La empresa que presta el servicio y el contratante, se exponen a multas económicas, suspensión de sus actividades y otro tipo de denuncias derivadas de delitos que se pudiesen generar por esta imprudencia de no controlar su acreditación y capacitación.

                                                                • #8153
                                                                  adminstratemy
                                                                  Superadministrador

                                                                    Muy buen análisis. Reconoces con claridad que la contratación de personal no acreditado constituye una falta grave dentro del marco de la Ley N° 21.659, destacando los riesgos legales, operativos y éticos asociados. Además, identificas correctamente la responsabilidad compartida entre la empresa y el contratante, lo que demuestra una comprensión integral del sistema. ¡Excelente aporte!

                                                                • #8157

                                                                  Foro de Discusión – Personal de Seguridad Privada Tema: Riesgo de personal no acreditado o mal
                                                                  capacitado Considero que el principal riesgo que permite que personal no acreditado o mal capacitado
                                                                  preste servicios de seguridad privada es la falta de control y fiscalización efectiva, tanto por parte de
                                                                  las empresas como de las autoridades competentes. Cuando una empresa prioriza la cobertura
                                                                  operativa o la reducción de costos por sobre la calidad del personal, se abre una brecha peligrosa que
                                                                  afecta directamente la seguridad de las personas y de los bienes que se pretende proteger. Un guardia
                                                                  sin acreditación vigente o con formación deficiente no solo desconoce los procedimientos técnicos y
                                                                  legales que rigen su labor, sino que también puede actuar fuera del marco normativo, incurriendo en
                                                                  vulneraciones a los derechos de los usuarios o en una respuesta inadecuada ante emergencias. Este
                                                                  tipo de situaciones daña la credibilidad del sistema de seguridad privada y puede tener consecuencias
                                                                  graves, como lesiones, pérdidas materiales o conflictos judiciales. La formación continua y la
                                                                  acreditación oficial son pilares fundamentales que garantizan la idoneidad profesional del personal
                                                                  operativo. Sin ellas, la labor de seguridad pierde legitimidad y eficacia. Por ello, es esencial fortalecer
                                                                  los mecanismos de supervisión, la capacitación permanente y la responsabilidad ética de las
                                                                  empresas y supervisores que contratan estos servicios.

                                                                  • #8188
                                                                    adminstratemy
                                                                    Superadministrador

                                                                      Excelente respuesta. Expresas con claridad la relación entre la falta de acreditación, la disminución del control operativo y el impacto directo en la seguridad y confianza del sistema. Destacas muy bien la importancia de la formación continua y de la fiscalización efectiva, alineándote plenamente con los principios de profesionalización y trazabilidad establecidos en la Ley N° 21.659. ¡Muy buen análisis!

                                                                  • #8249

                                                                    Proceder a contratar personal no acreditado y no calificado para el ejercicio de la seguridad privada primeramente incurre en una ilegalidad pues la ley 21.659 dicta como uno de sus pilares fundamentales base la profesionalización del oficio, dando pautas claras de la normativa legal vigente en materia. Además de incurrir en una ilegalidad, contratar personal no acreditado y no calificado puede contribuir a acrecentar la inseguridad del servicio entregado por la empresa prestadora hacia la instalación de la empresa contratante. Es necesario que el personal que recluta, acredita y contrata sea ampliamente idóneo y conocedor de las leyes actuales para que de esta forma la empresa contrate solo a los mejores elementos, personal ampliamente acreditado y capacitado en el sector. De lo contrario se corre el riesgo de perder reputación en el ámbito de la seguridad privada.

                                                                    A modo personal adjunto como ejemplo sin dar nombres.
                                                                    Hace un par de años tuve un compañero de labores que estuvo 10 años en la cárcel y luego de cumplir condena y ser puesto en libertad vio en la seguridad privada lo que muchos ven, un rubro del cual subsistir sin mayores esfuerzos, este individuo pagó a delincuentes colombianos una suma equivalente para que estos manipularan y adulteraran sus certificados como el de antecedentes y el de acreditación OS10 de Carabineros y gracias a ello y a un personal de acreditación absolutamente irresponsable y flojo, él con antecedentes penales ingresó a trabajar en el servicio de seguridad. Yo lejos de denunciarlo puntualmente, busqué crear la situación en la que yo estuviese en conversaciones sin importancia con el que en ese entonces era el ADC administrador de contrato y dado que precisamente en esa fecha surgió en las noticias un reportaje sobre la falsificación de documentos para ingresar a los trabajos, con énfasis en los delincuentes que ejercen la falsificación y en los delincuentes que adquieren este servicio para burlar al sistema y sacar ventaja, todo esto me sirvió para mi exposición con el ADC quien finalmente requirió la revisión de todos los certificados con personal de carabineros, dando cuenta del individuo falsificador. También sugerí ligeramente despedir al personal que recluta por ineptitud grave.

                                                                    • #8806
                                                                      adminstratemy
                                                                      Superadministrador

                                                                        Excelente respuesta. Expresas con claridad la relación entre la falta de acreditación, la disminución del control operativo y el impacto directo en la seguridad y confianza del sistema. Destacas muy bien la importancia de la formación continua y de la fiscalización efectiva, alineándote plenamente con los principios de profesionalización y trazabilidad establecidos en la Ley N° 21.659. ¡Muy buen análisis!

                                                                      • #9102
                                                                        Marcela
                                                                        Participante

                                                                          Muy buen analisis y el ejemplo es lo que se ve en estos dias.

                                                                      • #8902
                                                                        Jose Espejo
                                                                        Participante

                                                                          Al no estar acreditado genera falta de profesionalismo y capacidad operativa, esto limita la capacidad para actuar con seguridad que el trabajo se está realizando en forma correcta, si no se cumplen esos estándares, los VVGG o GGSS podrían no saber cómo reaccionar correctamente ante incidentes, lo que puede derivar en errores operativos, uso excesivo de la fuerza, negligencia o fallos en la prevención. El personal no acreditado, al no estar capacitado no puede detectar amenazas, no coordinar bien con las instituciones públicas, ya que la seguridad privada es coadyuvante de la seguridad pública, la acreditación es muy importante ya que el componente de la seguridad privada está capacitado para no violar los derechos humanos , proteger las personas y bienes de las instalaciones donde ejerce sus funciones , además al no estar acreditado la empresa podría enfrentar sanciones y multas por la entidades fiscalizadoras .

                                                                          • #9070
                                                                            Alex Andrade Arenas
                                                                            Participante

                                                                              Muy buen planteamiento. La normativa especialmente la Ley N° 21.659 exige la acreditación justamente porque sin ella no existe garantía de profesionalismo ni de actuación correcta en terreno. Un GGSS o VVGG no capacitado puede reaccionar mal ante incidentes, usar fuerza de forma inadecuada o fallar en la prevención, lo que genera riesgos para las personas y para la operación.

                                                                              Además, sin acreditación no está preparado para coordinar con Carabineros ni para aplicar los límites legales y de derechos humanos que exige el rol. También tienes razón respecto al impacto para la empresa: operar con personal no acreditado puede significar multas, sanciones y pérdida de confianza del cliente.

                                                                              Tu reflexión resume perfectamente por qué la formación y la acreditación no son opcionales, sino la base de un servicio seguro y responsable.

                                                                            • #9376
                                                                              adminstratemy
                                                                              Superadministrador

                                                                                Buen análisis. Destacas con claridad cómo la falta de acreditación afecta la capacidad operativa, la reacción ante incidentes y el respeto a los derechos humanos, vinculándolo correctamente al rol coadyuvante de la seguridad privada y a las consecuencias normativas para la empresa.

                                                                            • #8929
                                                                              RODRIGO LEIVA SALAZAR
                                                                              Participante

                                                                                El riesgo es la inseguridad e ineficacia, ya que personal no acreditado o mal capacitado puede actuar de forma imprudente, no conocer los protocolos o no estar preparado para emergencias, lo que aumenta la vulnerabilidad a robos, intrusiones y otras amenazas. Esto puede generar no solo daños materiales, sino también riesgos legales para la empresa que contrata el servicio y consecuencias negativas para la reputación y la seguridad de los clientes y empleados.

                                                                                Riesgos para la seguridad
                                                                                • Ineficacia en emergencias
                                                                                • Vulnerabilidad ante amenaza
                                                                                • Uso indebido de la fuerza

                                                                                Riesgos legales y reputacionales
                                                                                • Responsabilidad legal
                                                                                • Daño a la reputación

                                                                                Riesgos para el personal
                                                                                • Mayor vulnerabilidad
                                                                                • Falta de respaldo legal

                                                                                • #9377
                                                                                  adminstratemy
                                                                                  Superadministrador

                                                                                    Buen trabajo. Identificas de forma clara y ordenada los riesgos operativos, legales y reputacionales asociados al personal no acreditado, demostrando comprensión del impacto que esto tiene en la seguridad, la eficacia del servicio y la responsabilidad de la empresa.

                                                                                • #9057
                                                                                  Claudio Bocaz Cofre
                                                                                  Participante

                                                                                    El principal riesgo de permitir que personal no acreditado o insuficientemente capacitado preste servicios de seguridad privada es que se transforma en una amenaza para la seguridad que se supone debe proteger.
                                                                                    La Ley 21.659 establece estándares estrictos de formación, acreditación y habilitación precisamente porque un trabajador sin competencias profesionales puede generar los siguientes riesgos críticos:
                                                                                    1. Riesgo para la vida e integridad de las personas: un guardia no capacitado tiende a ejecutar procedimientos inseguros, intervenciones desproporcionadas o decisiones improvisadas, aumentando la probabilidad de lesiones, accidentes o uso indebido de la fuerza.
                                                                                    2. Fallas en la gestión de emergencias y prevención del delito: sin entrenamiento adecuado, el personal carece de nociones básicas de observación, comunicación, control de situaciones y protocolos de actuación, por lo que debilita la capacidad preventiva del servicio y puede agravar incidentes en vez de mitigarlos.
                                                                                    3. Vulneración de derechos y responsabilidades legales: intervenir sin conocer límites legales, principios de actuación o normativas de seguridad privada expone tanto al trabajador como a la empresa a sanciones administrativas, responsabilidad civil e incluso penal.
                                                                                    4. Riesgo reputacional y pérdida de confianza: la actuación deficiente de personal no acreditado afecta la imagen de la empresa y del sector completo, debilitando la coordinación con autoridades y minando la credibilidad del sistema de seguridad privada.

                                                                                    • #9097
                                                                                      rodrigo aceituno
                                                                                      Participante

                                                                                        Estoy de acuerdo con tu análisis. Explicas claramente por qué la Ley 21.659 exige acreditación y capacitación: un trabajador no preparado puede poner en riesgo la integridad de las personas, actuar fuera del marco legal y afectar la confianza en el servicio. Además, es cierto que la falta de formación adecuada aumenta los errores operativos y las responsabilidades legales para la empresa. Tu aporte es preciso y refleja bien los riesgos reales que implica trabajar sin cumplir la normativa.

                                                                                      • #9378
                                                                                        adminstratemy
                                                                                        Superadministrador

                                                                                          Excelente aporte. Explicas con claridad cómo la falta de acreditación convierte al personal en un factor de riesgo, abordando de forma sólida los impactos en la seguridad de las personas, la gestión de emergencias, la responsabilidad legal y la confianza en el sistema de seguridad privada.

                                                                                      • #9065

                                                                                        Pregunta ¿Cuál consideras que es el principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada?

                                                                                        El principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es la vulneración directa de los estándares mínimos de seguridad, lo que puede derivar en incidentes graves tanto para las personas como para los bienes protegidos. La normativa vigente establece, a través del DS N.º 93 del Ministerio del Interior, que todo trabajador operativo debe contar con acreditación otorgada por Carabineros de Chile, la cual certifica que posee la formación, competencias y perfil adecuado para desempeñar funciones críticas como control de acceso, vigilancia y respuesta a emergencias.
                                                                                        Cuando este requisito no se cumple, se produce un riesgo operativo significativo. El personal no acreditado no ha sido evaluado en materias obligatorias como uso proporcional de la fuerza, normativa legal aplicable, primeros auxilios o manejo de conflictos, lo que aumenta la probabilidad de actuaciones indebidas, excesos, omisiones o respuestas inseguras ante situaciones de riesgo. A esto se suma que el Reglamento de Seguridad Privada exige que las empresas mantengan registros actualizados del personal acreditado, lo cual permite la fiscalización y asegura la trazabilidad del servicio. Sin esta formalidad, se dificulta el control por parte de la autoridad y se favorece la informalidad.
                                                                                        Casos reales muestran que guardias no capacitados han incurrido en uso inapropiado de la fuerza o no han sabido actuar en emergencias, generando daños, pérdidas o responsabilidad legal para la empresa. Por ello, la acreditación no es solo un requisito administrativo, sino una medida esencial para garantizar profesionalismo, legalidad y protección efectiva.

                                                                                        • #9379
                                                                                          adminstratemy
                                                                                          Superadministrador

                                                                                            Muy buen trabajo. Fundamentas correctamente la importancia de la acreditación como estándar mínimo de seguridad, vinculando los riesgos operativos con la fiscalización, la trazabilidad y la responsabilidad legal de la empresa. Tu análisis demuestra un sólido manejo normativo y técnico.

                                                                                        • #9069
                                                                                          Alex Andrade Arenas
                                                                                          Participante

                                                                                            El mayor riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es que se debilita completamente la confianza y la capacidad real de respuesta ante situaciones críticas. La Ley N° 21.659 exige que cada trabajador esté acreditado y cumpla requisitos básicos como formación, idoneidad y ausencia de antecedentes, justamente porque la seguridad no admite improvisaciones. Cuando alguien sin preparación asume funciones en terreno, no solo se expone él mismo, sino también a los usuarios, a la instalación y a la empresa.
                                                                                            Un guardia sin capacitación puede reaccionar mal ante una emergencia, aplicar procedimientos incorrectos o incluso vulnerar derechos por desconocimiento. Además, sin acreditación no existen garantías de control ni fiscalización, lo que puede llevar a sanciones y pérdida de contratos. En lo práctico, he visto cómo pequeños incidentes se vuelven problemas mayores cuando el personal no sabe manejar conflictos o no conoce sus límites legales. Por eso, la acreditación no es un requisito más: es la base para un servicio seguro, profesional y responsable.

                                                                                            • #9380
                                                                                              adminstratemy
                                                                                              Superadministrador

                                                                                                Muy buen aporte. Destacas con claridad cómo la falta de acreditación debilita la capacidad de respuesta, la confianza y el control del servicio, vinculándolo correctamente con los riesgos operativos, legales y el respeto a los límites que establece la Ley N° 21.659.

                                                                                            • #9096
                                                                                              rodrigo aceituno
                                                                                              Participante

                                                                                                El principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es la vulneración directa de la Ley N.º 21.659, que establece los requisitos mínimos para asegurar la idoneidad del personal operativo. Esta ley exige que todo trabajador cuente con acreditación vigente otorgada por la Subsecretaría de Prevención del Delito, que no posea antecedentes penales, que tenga enseñanza media completa y que haya aprobado los cursos de formación correspondientes. Estos requisitos no son meros trámites administrativos, sino garantías para que quienes desempeñan funciones de vigilancia, control o protección cuenten con el nivel mínimo de preparación técnica y legal.

                                                                                                Permitir que personas sin acreditación ejerzan estas funciones implica desconocer los límites operativos definidos por la normativa. La Ley 21.659 establece que el personal no puede intervenir en conflictos de orden público, no puede realizar controles de identidad fuera de las condiciones legales y que solo los vigilantes privados pueden portar armas bajo requisitos estrictos. Un trabajador sin formación desconoce estos límites, lo que incrementa el riesgo de actuaciones indebidas, uso desproporcionado de la fuerza o vulneración de los derechos de las personas.

                                                                                                En la práctica, esto puede generar incidentes, daños a terceros, responsabilidad legal para las empresas y pérdida de confianza en el sistema de seguridad privada. Por eso, la acreditación no es solo un requisito formal, sino una herramienta fundamental para garantizar un ejercicio profesional, legal y responsable dentro del ámbito de la seguridad privada.

                                                                                                • #9381
                                                                                                  adminstratemy
                                                                                                  Superadministrador

                                                                                                    Excelente análisis. Fundamentas claramente la importancia de la acreditación como garantía de legalidad, idoneidad y respeto a los límites operativos, demostrando una sólida comprensión de la Ley N° 21.659 y de los riesgos legales y operativos asociados al incumplimiento.

                                                                                                • #9101
                                                                                                  Marcela
                                                                                                  Participante

                                                                                                    Ley N° 21.659: busca precisamente profesionalizar, regular, digitalizar y fiscalizar estrictamente el sector de la seguridad privada: exigiendo acreditacion al dia, formacion, autorizacion institucional. Permitir la informalidad (gente sin acreditacion) puede ser un retroceso frente a esta nueva ley.Si un guardia carece de formación adecuada, no sabrá cómo actuar ante situaciones de emergencia (robos, conflictos, accesos no autorizados, fallas técnicas, evacuaciones, incidentes), ni podrá aplicar correctamente protocolos de seguridad, registro, comunicación o atención de crisis. Eso incrementa la probabilidad de errores, negligencias, decisiones imprudentes, reacciones desproporcionadas o inadecuadas. Esto podria general multas , tanco como la empresa contratante , como la prestadora. Puede afectar la reputacion de ambas empresas, generando riesgos legales y financieros.

                                                                                                    Un ej
                                                                                                    En un local comercial de alto riesgo (ej. tienda con gran afluencia, valores, sistemas de alarma): un guardia sin capacitación puede desconocer protocolos de emergencia, no activar sistemas de CCTV, lo que termina en abandono del control, vulnerabilidad y pérdidas importantes. Para la empresa contratante. O, peor aún: el guardia puede exceder sus atribuciones — realizar detenciones sin flagrancia, registrar personas sin legitimidad, usar fuerza — lo que podría derivar en denuncias por abuso, violación de derechos, hechos penales.

                                                                                                    • #9382
                                                                                                      adminstratemy
                                                                                                      Superadministrador

                                                                                                        Buen trabajo. Explicas con claridad cómo la informalidad y la falta de acreditación contradicen el objetivo de profesionalización de la Ley N° 21.659, identificando correctamente los riesgos operativos, legales y reputacionales tanto para la empresa prestadora como para la contratante.

                                                                                                    • #9162
                                                                                                      jolivares
                                                                                                      Participante

                                                                                                        El principal riesgo de permitir personal no acreditado o mal capacitado, es el tipo de respuesta ante situaciones de emergencia, como robos, hurtos, agresiones, etc., que pueden generar vulneración a los derechos fundamentales de las personas, ante actuaciones desmedidas y sin protocolos, generando con esto multas altísimas, que podrían terminar con la revocación de la autorización si es reincidente y un mal prestigio para la empresa.

                                                                                                        • #9383
                                                                                                          adminstratemy
                                                                                                          Superadministrador

                                                                                                            Buen aporte. Identificas claramente cómo una respuesta inadecuada ante emergencias puede derivar en vulneraciones de derechos fundamentales, sanciones graves y daño reputacional, demostrando una correcta comprensión de los riesgos que la Ley N° 21.659 busca prevenir.

                                                                                                        • #9182
                                                                                                          Gabriel Riffo Pizarro
                                                                                                          Participante

                                                                                                            El principal riesgo es la puesta en peligro de la seguridad e integridad física de las personas y de los bienes que se supone deben proteger.

                                                                                                            Un personal no capacitado o no acreditado puede incurrir en:
                                                                                                            -Mal uso de la fuerza o armamento.
                                                                                                            -Errores en procedimientos de emergencia.
                                                                                                            -Violaciones de normativas legales.
                                                                                                            -Incumplimiento de sus funciones, facilitando un siniestro o delito.

                                                                                                            • #9384
                                                                                                              adminstratemy
                                                                                                              Superadministrador

                                                                                                                Buen trabajo. Identificas de forma clara y directa los principales riesgos operativos y legales asociados al personal no acreditado, destacando correctamente el impacto en la seguridad de las personas, el uso de la fuerza y el cumplimiento normativo.

                                                                                                            • #9212
                                                                                                              Victor Martin Imigo
                                                                                                              Participante

                                                                                                                Estimo que hay un nivel elevado que reduce la eficacia en la función de prevención y en la reacción frente a situaciones de riesgo, lo que podría derivar en algún tipo de conducta ilícita y provocar una sensación de inseguridad en el entorno.

                                                                                                                • #9385
                                                                                                                  adminstratemy
                                                                                                                  Superadministrador

                                                                                                                    Buen aporte. Identificas claramente cómo la falta de acreditación disminuye la capacidad preventiva y de reacción ante riesgos, vinculándolo acertadamente con el aumento de conductas ilícitas y la percepción de inseguridad.

                                                                                                                • #9217

                                                                                                                  En relación con la consulta planteada, según mi comprensión, el espíritu de la Ley N.º 21.659 en sus disposiciones es la profesionalización del Servicio de Seguridad Privada en Chile, tanto en el ámbito administrativo como operativo, elevando el nivel de exigencia en todos los aspectos, modernizando los procedimientos, incorporando capacitaciones permanentes, reforzando los mecanismos de control interno y añadiendo, además, el respeto absoluto hacia las personas (DDHH). Todo ello sustentado en una base de datos robusta y actualizada (Registro Nacional), lo que permitirá una adecuada trazabilidad ante situaciones específicas que requieran su utilización.

                                                                                                                  Los riesgos que puede enfrentar una empresa al presentar personal no acreditado o deficientemente capacitado, de acuerdo con la Ley, se consideran una infracción gravísima tanto para el trabajador como para la organización. La Ley N.º 21.659 es categórica y explícita en cuanto a cumplir con las autorizaciones, registros y antecedentes actualizados ante la SPD, así como contar con la credencial vigente otorgada por dicha entidad estatal.

                                                                                                                  Esta infracción gravísima genera, según mi perspectiva, un perjuicio reputacional para el sector de la Seguridad Privada (cuestionamiento social), además de brindar un servicio deficiente al cliente, quien, en caso de falta de respuesta por parte de la empresa, comparte una responsabilidad solidaria. Sea esta una entidad jurídica o natural, se expone a sanciones económicas de alta cuantía y, eventualmente, a la cancelación definitiva de su autorización para operar, lo que podría derivar en su desaparición como prestadora del servicio mencionado. En síntesis, es imprescindible poseer un conocimiento íntegro de los procesos y del control del personal, a fin de evitar inconvenientes tanto administrativos como operativos.

                                                                                                                  • #9243

                                                                                                                    Entiendo lo que señalas, y es cierto que la falta de preparación puede generar riesgos. Pero también es positivo reconocer que, cuando el personal sí está bien capacitado y acreditado, la prevención mejora mucho y la reacción ante situaciones difíciles es más segura y controlada. Esto no solo reduce la posibilidad de conductas indebidas, sino que también aumenta la confianza y la sensación de seguridad en el entorno. En ese sentido, la capacitación adecuada transforma el servicio en algo realmente útil y protector para todos.

                                                                                                                  • #9386
                                                                                                                    adminstratemy
                                                                                                                    Superadministrador

                                                                                                                      Excelente análisis. Demuestras una comprensión profunda del espíritu de la Ley N° 21.659, destacando la profesionalización, la trazabilidad y las consecuencias gravísimas —legales y reputacionales— de operar con personal no acreditado. Muy buen trabajo, sólido y bien fundamentado.

                                                                                                                    • #9387
                                                                                                                      adminstratemy
                                                                                                                      Superadministrador

                                                                                                                        Excelente análisis. Demuestras una comprensión profunda del espíritu de la Ley N° 21.659, destacando la profesionalización, la trazabilidad y las consecuencias gravísimas —legales y reputacionales— de operar con personal no acreditado. Muy buen trabajo, sólido y bien fundamentado.

                                                                                                                    • #9242

                                                                                                                      El principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado que preste servicios de seguridad privada, es que se pone en peligro tanto la integridad de las personas como la legitimidad del propio sistema de seguridad. Cuando alguien trabaja sin cumplir los requisitos legales, como no tener formación OS10, presentar antecedentes penales o no acreditar salud compatible, requisitos establecidos en la ley, rompe la base mínima de idoneidad que la normativa exige para proteger a la ciudadanía
                                                                                                                      Además, un trabajador sin acreditación no conoce los límites funcionales de su rol, lo que puede llevarlo a excederse, intervenir donde no corresponde o actuar como si fuera autoridad pública, algo que la normativa prohíbe expresamente al señalar que no pueden reemplazar a Carabineros ni participar en conflictos de orden público
                                                                                                                      En la práctica, esto se traduce en situaciones de riesgo real. En Chile se han visto casos donde guardias sin capacitación han usado fuerza desproporcionada o han intentado realizar controles de identidad indebidos, generando conflictos, denuncias y sanciones para las empresas. En definitiva, permitir personal no acreditado no solo compromete la seguridad, sino que también daña la confianza pública y expone a la organización a responsabilidades legales y reputacionales.

                                                                                                                      • #9388
                                                                                                                        adminstratemy
                                                                                                                        Superadministrador

                                                                                                                          Muy buen aporte. Explicas con claridad cómo la falta de acreditación pone en riesgo la integridad de las personas y la legitimidad del sistema, destacando correctamente los límites legales del rol del personal de seguridad y las consecuencias jurídicas y reputacionales asociadas.

                                                                                                                      • #9255

                                                                                                                        La Ley N° 21.659 busca la profesionalización integral del sector de seguridad privada en Chile, elevando la exigencia en capacitación, control y respeto a los derechos humanos, todo ello sustentado por el Registro Nacional para garantizar la trazabilidad.

                                                                                                                        Riesgos Derivados de la Ilegalidad
                                                                                                                        El principal riesgo al permitir que personal no acreditado o deficientemente capacitado preste servicios es la ruptura de la base mínima de idoneidad exigida por la Ley. Esto conlleva:

                                                                                                                        Pérdida de Eficacia Operativa: Se reduce la capacidad de prevención y reacción ante situaciones de riesgo, lo que puede derivar en incidentes o conductas ilícitas, generando una sensación de inseguridad en el entorno.

                                                                                                                        Exceso Funcional: El personal sin acreditación (como el curso OS-10) desconoce los límites funcionales de su rol, pudiendo excederse, utilizar fuerza desproporcionada, o actuar como autoridad pública, lo cual está expresamente prohibido por la normativa.

                                                                                                                        Consecuencias Legales y Reputacionales
                                                                                                                        La Ley N° 21.659 es enfática: operar con personal no acreditado o sin registros vigentes constituye una infracción gravísima tanto para el trabajador como para la empresa.

                                                                                                                        Sanciones Directas para la Empresa: La organización se expone a sanciones económicas de alta cuantía y, en casos reiterados o graves, a la cancelación definitiva de su autorización para operar.

                                                                                                                        Responsabilidad Solidaria: El cliente (entidad jurídica o natural que contrata el servicio) también es afectado, ya que comparte la responsabilidad solidaria por la falta de respuesta o las irregularidades del proveedor.

                                                                                                                        Daño Reputacional: La operación ilegal o deficiente genera un perjuicio reputacional para toda la industria de la seguridad privada (cuestionamiento social).

                                                                                                                        En conclusión: Es imperativo que las empresas mantengan un conocimiento y control íntegro de los procesos de acreditación y capacitación, ya que el cumplimiento estricto de la ley es la única vía para garantizar un servicio seguro, legal y confiable para todos. Por el contrario, el personal bien capacitado transforma el servicio en una herramienta útil y protectora, elevando la confianza social en el sector.

                                                                                                                        • #9389
                                                                                                                          adminstratemy
                                                                                                                          Superadministrador

                                                                                                                            Excelente trabajo. Desarrollas de manera clara y ordenada los riesgos operativos, legales y reputacionales del personal no acreditado, vinculándolos correctamente con la profesionalización, la trazabilidad y la responsabilidad solidaria que establece la Ley N° 21.659.

                                                                                                                        • #9261
                                                                                                                          ccavieresortega7
                                                                                                                          Participante

                                                                                                                            Considero que se afecta directamente en la fe publica, se pierde la confianza en la actividad y se ve poca o nula importancia en esta actividad, empresas dedicadas a resguardar la seguridad de personas y bienes contratando personal sin capacitación y sin acreditación es un claro ejemplo de negligencia, de incumplimientos y de irresponsabilidad que al final terminan pagando las consecuencia personas inocentes.

                                                                                                                            • #9390
                                                                                                                              adminstratemy
                                                                                                                              Superadministrador

                                                                                                                                Buen aporte. Identificas con claridad cómo la contratación de personal no acreditado afecta la fe pública y la confianza en la seguridad privada, destacando acertadamente la negligencia y las consecuencias que recaen finalmente en personas inocentes.

                                                                                                                            • #9269
                                                                                                                              Ana Valdivia Tapia
                                                                                                                              Participante

                                                                                                                                arriesgarse a multas y sanciones en conformidad a la nuev aley de seguridad, asi como tambien a que ocurran situaciones de riesgos las cuales no puedan ser controladas por la persona que presta el servicio al no mantener el conocimiento pleno de como enfrentar situacion tales, como robo o procedimientos de seguridad que ocurran durante la prestacion del servicio

                                                                                                                                • #9391
                                                                                                                                  adminstratemy
                                                                                                                                  Superadministrador

                                                                                                                                    Buen trabajo. Identificas correctamente el riesgo de sanciones y la incapacidad operativa frente a situaciones de emergencia, demostrando una comprensión clara de la importancia del conocimiento y la capacitación exigidos por la Ley N° 21.659.

                                                                                                                                • #9299

                                                                                                                                  La Ley N° 21.659 regula la seguridad privada y establece que la acreditación del personal, otorgada por la Subsecretaría de Prevención del Delito (SPD), es un requisito indispensable para ejercer funciones de guardia. No obstante, la ley no solo exige contar con credenciales vigentes, sino también que el empleador asegure una capacitación adecuada y acorde a la función desempeñada.

                                                                                                                                  En el caso de una empresa que contrata personal acreditado pero deficientemente capacitado, existe un incumplimiento de sus obligaciones legales, ya que la acreditación no exime de la responsabilidad de formar y supervisar correctamente al personal. Asimismo, el trabajador solo puede desempeñar las funciones autorizadas por su credencial y dentro del marco legal vigente.

                                                                                                                                  La ley establece deberes y restricciones claras, por lo que la falta de capacitación expone a la empresa a sanciones administrativas, además de riesgos operativos y legales, reforzando el principio de responsabilidad compartida entre empleador y trabajador.

                                                                                                                                  • #9392
                                                                                                                                    adminstratemy
                                                                                                                                    Superadministrador

                                                                                                                                      Muy buen análisis. Distingues correctamente entre acreditación y capacitación, destacando la responsabilidad del empleador en la formación y supervisión del personal, y vinculándolo de manera precisa con las obligaciones y sanciones que establece la Ley N° 21.659.

                                                                                                                                  • #9305

                                                                                                                                    El principal riesgo de usar personal de seguridad no acreditado o mal capacitado es el colapso de la responsabilidad legal y operativa, impactando directamente en la seguridad pública.

                                                                                                                                    Riesgo Operacional y Legal: El personal sin formación adecuada carece de las competencias prácticas (como Técnicas de Reducción) necesarias. Esto aumenta el riesgo de uso desproporcionado de la fuerza y genera responsabilidades penales y civiles para la empresa y el contratante.

                                                                                                                                    Infracción Gravísima (Art. 104 N° 3): Permitir la operación de personal no acreditado es una falta directa a la Ley, tipificada como Infracción Gravísima, que conlleva multas de 251 a 500 UTM.

                                                                                                                                    Falla en el Sistema: Se violan los Principios de Responsabilidad (Art. 7) y Colaboración (Art. 8), pues el servicio ilegal no puede coordinarse con Carabineros, debilitando la respuesta de la seguridad pública.

                                                                                                                                    En esencia, la falta de cumplimiento legal convierte al servicio en un riesgo, en lugar de una protección.

                                                                                                                                    • #9393
                                                                                                                                      adminstratemy
                                                                                                                                      Superadministrador

                                                                                                                                        Excelente aporte. Analizas con precisión el impacto legal y operativo del personal no acreditado, vinculándolo correctamente con infracciones gravísimas y la ruptura de los principios de responsabilidad y coordinación que establece la Ley N° 21.659.

                                                                                                                                    • #9336

                                                                                                                                      El principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado trabaje en seguridad privada es que, lejos de entregar seguridad, termine generando más problemas y riesgos.

                                                                                                                                      Una persona que no está bien formada o no cuenta con acreditación puede no saber hasta dónde llegan sus funciones, reaccionar mal ante una situación de conflicto o tomar decisiones impulsivas que afecten a otras personas. Esto puede traducirse en malos tratos, procedimientos incorrectos o acciones que vulneren derechos, incluso sin mala intención.

                                                                                                                                      Además, cuando ocurre un incidente, la responsabilidad no recae solo en esa persona, sino también en la empresa y en el cliente del servicio, exponiéndolos a multas, sanciones y problemas legales

                                                                                                                                      En simple, trabajar con personal no acreditado es un riesgo para todos:
                                                                                                                                      para las personas que se busca proteger, para el propio trabajador, y para la empresa. La ley apunta justamente a evitar esto, asegurando que la seguridad privada sea ejercida por personas preparadas, responsables y conscientes de sus límites.

                                                                                                                                      • #9394
                                                                                                                                        adminstratemy
                                                                                                                                        Superadministrador

                                                                                                                                          Muy buen aporte. Explicas con claridad cómo la falta de acreditación puede generar riesgos operativos y vulneraciones de derechos, destacando correctamente la responsabilidad que recae en la empresa y el contratante según la Ley N° 21.659.

                                                                                                                                      • #9419
                                                                                                                                        Fabian Leon Diaz
                                                                                                                                        Participante

                                                                                                                                          El principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es la incapacidad para garantizar la seguridad de personas y bienes, lo que puede derivar en situaciones graves como:

                                                                                                                                          Incumplimiento legal
                                                                                                                                          Errores en la gestión de incidentes
                                                                                                                                          Pérdida de confianza
                                                                                                                                          Riesgos físicos y materiales
                                                                                                                                          Impacto económico y legal

                                                                                                                                          • #9704
                                                                                                                                            julian.ignacio19
                                                                                                                                            Participante

                                                                                                                                              Concuerdo con los riesgos asociados que señalas, considero que son materia importante que una empresa debería tener en cuenta ante la contratación de personal

                                                                                                                                            • #10197
                                                                                                                                              adminstratemy
                                                                                                                                              Superadministrador

                                                                                                                                                Buen trabajo. Sintetizas de forma clara los principales riesgos operativos, legales y reputacionales del uso de personal no acreditado, demostrando una comprensión adecuada del impacto que esto tiene en la seguridad y en la responsabilidad de la empresa según la Ley N° 21.659.

                                                                                                                                            • #9703
                                                                                                                                              julian.ignacio19
                                                                                                                                              Participante

                                                                                                                                                Es importante destacar que es el espíritu de la ley es profesionalizar el trabajo de seguridad privada por lo tanto coloca al personal Operativo dentro del marco legal el cual establece que dicho personal solo debe cumplir labores dentro de lo establecido en sus funciones las cuales se encuentran normadas por la autoridad, en este caso la SPD. De no tener esta profesionalización el guardia puede actuar fuera de los ámbitos legales ante alguna situación lo que podría generar daños de cualquier índole y perdidas ante una empresa o recinto. Un ejemplo es el retail el cual el personal de seguridad se encuentra expuesto a la delincuencia diariamente lo que genera una probabilidad mayor de que el personal operativo que no se encuentra capacitado pueda actuar equivocadamente fuera de lo legal

                                                                                                                                                • #10143
                                                                                                                                                  Luis Lara Soto
                                                                                                                                                  Participante

                                                                                                                                                    Coincido plenamente con lo señalado. El espíritu de la Ley N° 21.659 es profesionalizar la seguridad privada, estableciendo un marco legal claro que delimita las funciones del personal operativo y las somete a la supervisión de la Subsecretaría de Prevención del Delito. Esto evita que los guardias actúen fuera de sus competencias y reduce el riesgo de decisiones improvisadas ante situaciones de conflicto.

                                                                                                                                                    Cuando no existe esta profesionalización, el personal puede incurrir en actuaciones fuera de la legalidad, generando daños a terceros, responsabilidades para la empresa y pérdidas para el recinto protegido. El caso del retail es un buen ejemplo, ya que la exposición permanente a hechos delictuales exige personal capacitado y consciente de sus límites legales. Sin formación ni acreditación, aumenta considerablemente la probabilidad de errores operativos y vulneraciones a derechos fundamentales.

                                                                                                                                                    En definitiva, la acreditación y capacitación no solo protegen a la institución, sino también al propio guardia en el ejercicio de su función.

                                                                                                                                                  • #10198
                                                                                                                                                    adminstratemy
                                                                                                                                                    Superadministrador

                                                                                                                                                      Buen trabajo. Sintetizas de forma clara los principales riesgos operativos, legales y reputacionales del uso de personal no acreditado, demostrando una comprensión adecuada del impacto que esto tiene en la seguridad y en la responsabilidad de la empresa según la Ley N° 21.659.

                                                                                                                                                  • #9763

                                                                                                                                                    Es muy importante esta nueva ley q regula y profecionaliza la anterior .
                                                                                                                                                    Las empresa tendran mas seriedad para contratar personas capacitadas para este rubro .
                                                                                                                                                    Es importante recalcar que ahora sera un perfil laboral mas profecional en todo aspecto .
                                                                                                                                                    Acreditaciones sin ellas no podras trabajar ya que antes con el procesa del curso lo autorizaban.

                                                                                                                                                    Creo que las empresas estan mas obligadas hacer las cosas como corresponden

                                                                                                                                                    • #10199
                                                                                                                                                      adminstratemy
                                                                                                                                                      Superadministrador

                                                                                                                                                        Buen aporte. Destacas correctamente cómo la Ley N° 21.659 significa un avance en la profesionalización del sector, reforzando la exigencia de acreditaciones y elevando el estándar laboral y la responsabilidad de las empresas en la contratación del personal.

                                                                                                                                                    • #9764

                                                                                                                                                      Es importante que los guardias esten capacitados y acreditados , porque al no estarlo la empresa se enfrentaria a una falta graveisima, ya que esta podria prohibir su funcionamiento .
                                                                                                                                                      A la vez un personal no capacitado podria cometer errores que un capacitado no lo haria .

                                                                                                                                                    • #10083

                                                                                                                                                      Creo que la nueva ley , es bastante clara , exige personal capacitado y acreditado por ende las empresas se deben de preocupar de cumplir la nueva ley , ya que con esta se trata de profecionalizar rubro, soy de los que q piensa que empresa que no cumpla , debe ser sancionada de inmediato con una falta gravisima

                                                                                                                                                    • #10142
                                                                                                                                                      Luis Lara Soto
                                                                                                                                                      Participante

                                                                                                                                                        El principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es la pérdida de control y legitimidad del sistema, lo que puede derivar directamente en vulneraciones a los derechos fundamentales, fallas operativas graves y una falsa sensación de seguridad para las personas y las instituciones protegidas.

                                                                                                                                                        El Módulo 4 es claro al señalar que la acreditación no es un trámite administrativo, sino un mecanismo de control preventivo que garantiza que el personal cumple requisitos mínimos de idoneidad física, mental, legal y técnica. Cuando un trabajador no cuenta con credencial vigente o formación adecuada, la autoridad pierde la posibilidad de fiscalizar eficazmente quién está ejerciendo funciones sensibles, debilitando el rol coadyuvante de la seguridad privada respecto de la seguridad pública.

                                                                                                                                                        Además, la falta de capacitación y definición clara de funciones aumenta el riesgo de excesos, actuaciones fuera del marco legal o suplantación de funciones policiales, lo que expone tanto al trabajador como al empleador a sanciones graves. En experiencias reales de fiscalización, muchos incidentes se originan precisamente en personal que desconoce sus límites operativos.

                                                                                                                                                        En definitiva, permitir personal no acreditado compromete la seguridad, la legalidad del servicio y la confianza ciudadana en todo el sistema de seguridad privada.

                                                                                                                                                        • #10161

                                                                                                                                                          Riesgos legales

                                                                                                                                                          Incumplimiento de la normativa: En muchos países, los guardias de seguridad deben estar acreditados por la autoridad competente. Personal no acreditado puede generar sanciones para la empresa (multas, suspensión de servicios o cierre temporal).

                                                                                                                                                          Responsabilidad civil y penal: Si ocurre un accidente, delito o daño mientras el personal actúa de manera incorrecta, la empresa puede ser civil o penalmente responsable.

                                                                                                                                                          Problemas contractuales: Empresas o instituciones que exigen seguridad profesional pueden rescindir contratos si se detecta personal no capacitado.

                                                                                                                                                        • #10200
                                                                                                                                                          adminstratemy
                                                                                                                                                          Superadministrador

                                                                                                                                                            Excelente trabajo. Analizas con claridad cómo la falta de acreditación afecta la fiscalización, la legalidad y la legitimidad del sistema, vinculándolo correctamente con los riesgos operativos y la protección de los derechos fundamentales según la Ley N° 21.659.

                                                                                                                                                        • #10301
                                                                                                                                                          rodrigo angulo
                                                                                                                                                          Participante

                                                                                                                                                            La principal pregunta que surge al permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada dice relación con el riesgo directo a la integridad física de las personas, la afectación de bienes y la responsabilidad legal tanto del trabajador como de la empresa. La seguridad privada cumple una función preventiva y colaborativa con la seguridad pública, por lo que su ejercicio exige estándares formales de idoneidad, capacitación y acreditación vigente.

                                                                                                                                                            En el caso de Chile, la normativa vigente, la Ley N° 21.659 sobre Seguridad Privada y su reglamentación complementaria, establece que todo guardia de seguridad debe contar con acreditación otorgada por la autoridad fiscalizadora (OS10 de Carabineros de Chile), además de aprobar los cursos de formación correspondientes. Este requisito no es meramente administrativo, sino que busca asegurar que el personal conozca los límites de sus funciones, el uso racional de la fuerza, los derechos fundamentales de las personas y los protocolos de actuación ante emergencias.

                                                                                                                                                            Un primer elemento normativo relevante es el principio de idoneidad y capacitación obligatoria. Permitir que una persona no acreditada ejerza funciones vulnera directamente esta exigencia legal, exponiendo a la empresa a sanciones administrativas, multas e incluso la suspensión de servicios. Además, frente a un procedimiento mal ejecutado —por ejemplo, una detención ilegal o un uso desproporcionado de la fuerza— puede generarse responsabilidad civil e incluso penal.

                                                                                                                                                            Un segundo elemento es la obligación del empleador de garantizar que el servicio se preste conforme a la normativa y bajo estándares de profesionalismo. Si un guardia sin formación adecuada enfrenta una situación crítica, como un incendio o una riña, podría actuar de manera impulsiva, agravando el conflicto en vez de controlarlo.
                                                                                                                                                            En la práctica, se han observado casos donde guardias sin capacitación han excedido sus atribuciones, generando denuncias por vulneración de derechos, lo que afecta la imagen institucional y la confianza de la comunidad. En consecuencia, el principal riesgo no solo es operativo, sino también legal y reputacional, comprometiendo la seguridad integral que justamente se pretende proteger.

                                                                                                                                                            • #11088

                                                                                                                                                              Estoy de acuerdo con tu análisis, especialmente cuando señalas que la acreditación no debe entenderse solo como un trámite administrativo, sino como una herramienta fundamental de control y fiscalización. También considero muy relevante lo que mencionas sobre la pérdida de legitimidad del sistema, ya que permitir personal no capacitado afecta directamente la confianza de la ciudadanía y aumenta el riesgo de actuaciones fuera del marco legal. Además, la correcta definición de funciones y límites operativos resulta esencial para evitar excesos y garantizar una coordinación adecuada con las instituciones públicas.

                                                                                                                                                          • #10302
                                                                                                                                                            rodrigo angulo
                                                                                                                                                            Participante

                                                                                                                                                              El hecho que trabajadores de la seguridad, no cuenta con credencial vigente o formación adecuada, la autoridad pierde la posibilidad de fiscalizar eficazmente quién está ejerciendo funciones sensibles, debilitando el rol coadyuvante de la seguridad privada respecto de la seguridad pública.

                                                                                                                                                            • #11087

                                                                                                                                                              Considero que el principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es poner en peligro la seguridad de las personas y vulnerar los estándares legales establecidos por la Ley N.º 21.659. Un trabajador que no cuenta con acreditación vigente o formación adecuada puede actuar de manera incorrecta frente a situaciones de emergencia, exceder sus funciones legales o tomar decisiones que afecten los derechos fundamentales de las personas.
                                                                                                                                                              La normativa establece que todo personal operativo debe contar con credencial otorgada por la Subsecretaría de Prevención del Delito, además de cumplir requisitos como capacitación OS-10, salud compatible y ausencia de antecedentes penales. Estos requisitos buscan asegurar que quienes desempeñan funciones de vigilancia y protección posean las competencias necesarias para actuar de manera profesional y responsable.
                                                                                                                                                              Asimismo, la ley señala que el personal solo puede ejercer funciones dentro de las atribuciones autorizadas en su acreditación, evitando que realicen labores propias de Carabineros de Chile o actúen fuera del marco legal. Cuando estas exigencias no se cumplen, aumentan los riesgos de malas prácticas, uso desproporcionado de la fuerza, errores operativos y responsabilidades legales tanto para el trabajador como para la empresa contratante.
                                                                                                                                                              Por ello, la acreditación y capacitación permanente son fundamentales para fortalecer la fiscalización, la confianza de la ciudadanía y el correcto funcionamiento del sistema de seguridad privada.

                                                                                                                                                          Mostrando 41 respuestas a los debates
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