#9069
Alex Andrade Arenas
Participante

    El mayor riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es que se debilita completamente la confianza y la capacidad real de respuesta ante situaciones críticas. La Ley N° 21.659 exige que cada trabajador esté acreditado y cumpla requisitos básicos como formación, idoneidad y ausencia de antecedentes, justamente porque la seguridad no admite improvisaciones. Cuando alguien sin preparación asume funciones en terreno, no solo se expone él mismo, sino también a los usuarios, a la instalación y a la empresa.
    Un guardia sin capacitación puede reaccionar mal ante una emergencia, aplicar procedimientos incorrectos o incluso vulnerar derechos por desconocimiento. Además, sin acreditación no existen garantías de control ni fiscalización, lo que puede llevar a sanciones y pérdida de contratos. En lo práctico, he visto cómo pequeños incidentes se vuelven problemas mayores cuando el personal no sabe manejar conflictos o no conoce sus límites legales. Por eso, la acreditación no es un requisito más: es la base para un servicio seguro, profesional y responsable.

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