El principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es que se compromete directamente la seguridad de las personas, los bienes y los propios trabajadores, generando un impacto negativo tanto operativo como legal.
La Ley 21.659 exige que el personal de seguridad cuente con formación, certificación, habilitación y competencias profesionales justamente porque un guardia sin estas condiciones puede:
1. Actuar de forma incorrecta o desproporcionada, poniendo en riesgo la integridad física de terceros o vulnerando derechos fundamentales.
2. Responder inadecuadamente ante emergencias, aumentando la probabilidad de daños, pérdidas o accidentes.
3. Ejecutar procedimientos sin conocer protocolos, lo que puede escalar conflictos o producir intervenciones inseguras.
4. Generar responsabilidad civil, administrativa e incluso penal para la empresa contratante y para quien opera sin autorización.
5. Debilitar la confianza pública en la seguridad privada, afectando la coordinación con policías y autoridades fiscalizadoras