Considero que el principal riesgo de permitir que personal no acreditado o mal capacitado preste servicios de seguridad privada es poner en peligro la seguridad de las personas y vulnerar los estándares legales establecidos por la Ley N.º 21.659. Un trabajador que no cuenta con acreditación vigente o formación adecuada puede actuar de manera incorrecta frente a situaciones de emergencia, exceder sus funciones legales o tomar decisiones que afecten los derechos fundamentales de las personas.
La normativa establece que todo personal operativo debe contar con credencial otorgada por la Subsecretaría de Prevención del Delito, además de cumplir requisitos como capacitación OS-10, salud compatible y ausencia de antecedentes penales. Estos requisitos buscan asegurar que quienes desempeñan funciones de vigilancia y protección posean las competencias necesarias para actuar de manera profesional y responsable.
Asimismo, la ley señala que el personal solo puede ejercer funciones dentro de las atribuciones autorizadas en su acreditación, evitando que realicen labores propias de Carabineros de Chile o actúen fuera del marco legal. Cuando estas exigencias no se cumplen, aumentan los riesgos de malas prácticas, uso desproporcionado de la fuerza, errores operativos y responsabilidades legales tanto para el trabajador como para la empresa contratante.
Por ello, la acreditación y capacitación permanente son fundamentales para fortalecer la fiscalización, la confianza de la ciudadanía y el correcto funcionamiento del sistema de seguridad privada.