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La Ley 21.659 representa un avance estructural en materia de regulación de la seguridad privada y define las Entidades Obligadas que deben ajustarse a sus disposiciones. Todas aquellas que no estén cumpliendo con la normativa deben regularizar su situación.
En este contexto, la empresa Agrocomercial Sur S.A., debido al tipo de productos que maneja —fertilizantes y sustancias químicas—, es considerada por la Subsecretaría de Prevención del Delito (SPD) como una Entidad Obligada. Por lo tanto, debe elaborar un Plan Obligatorio de Seguridad dentro de un plazo de 60 días hábiles, conforme al Artículo 8, el cual debe considerar:
Actividad que se desarrolla.
Localización del establecimiento.
Valor y peligrosidad de los bienes.
Alta concurrencia de público.
Horarios y frecuencia de delitos en la zona.
Posteriormente, conforme al Artículo 15, se deben identificar los riesgos y definir las medidas técnicas correspondientes. Asimismo, las medidas autorizadas por la SPD deben ser implementadas dentro de un plazo de 30 días, según lo establecido en el Artículo 19. También se requiere mantener una coordinación constante con las autoridades competentes, como Carabineros.
El incumplimiento de las exigencias de la Ley 21.659 expone a la empresa a sanciones de carácter leve, grave o gravísima, asociadas a multas que van desde 1,5 hasta 13.500 UTM, e incluso la clausura definitiva, dependiendo de la gravedad de la infracción.
En conclusión, la empresa debe regularizar su situación para evitar sanciones y cumplir con lo establecido en la normativa vigente

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