12/10/2025 a las 11:49
#8162
Bunos días.
Estimado Victor, Muy buen plateamiento, precisamente ese es el camino de control que se debe ejercer para evitar cometer las infracciones de la nueva Ley, sobre todo en lo referente a fechas y respaldos de los registros y vitacoras. Estos resgistros y controles debiesen ser llevados por un “Coordinador” o “Auditor” de los requerimientos legales de la autoridad fiscalizadora.
Saludos.
Ricardo Díaz Candia