En vista de que la Ley 21.659 de seguridad privada en Chile busca profesionalizar el oficio de forma orgánica y específica, a mi parecer ambos son culpables ya que tanto el prestador del servicio de seguridad privada como la entidad contratante tienen responsabilidades compartidas respecto al cumplimiento de la normativa legal vigente:
1) Prestador del servicio de seguridad privada: es obligación de los prestadores de servicios de seguridad privada de garantizar la cualificación e idoneidad del personal que contrata para ejecutar actividades preventivas, velando así por la profesionalización y eficacia del servicio. Es por esto que la empresa de seguridad debe contar con personal administrativo eficiente y eficaz para realizar contrataciones idóneas y sujetas al marco legal. Debe ser personal capacitado en la ley 21.659 y, además, suficientemente inteligente para saber filtrar a los postulantes porque no siempre existen los buenos elementos en la seguridad privada, existen muchos que engañan a los contratantes con certificados y exámenes adulterados. Esto es lo básico para dar una garantía de cumplimiento legal al cliente, asegurando la responsabilidad y supervisión continua y constante del servicio y sus prestaciones.
2) Entidad contratante: es responsabilidad de la entidad contratante investigar previamente el mercado laboral de la seguridad privada, seleccionando después de un fino análisis al prestador de servicio más idóneo que se ajuste a su requerimiento, para ello, al igual que con el prestador de seguridad, el área administrativa, en este caso de un Hospital, debe contar con personal eficaz y eficiente y responsable en su trabajo, no gente que haga las cosas a medias y lo que le salga más fácil. Su obligación es gestionar junto a la prestadora de servicios de seguridad para que esta entregue el correspondiente respaldo de todos los documentos necesarios para una óptima contratación del personal, así como la prestadora de seguridad debe realizar un estudio de seguridad previo a petición del cliente. En estos tiempos donde la información esta al alcance de un clic me parece inconcebible que existan entidades publicas o privadas que argumenten desconocimiento. Es inaceptable.