25/09/2025 a las 11:02
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la empresa agrocomercial sur al estar clasificada como una entidad obligada .tiene la obligación de implementar un sistema de vigilancia privada conforme a los criterios de la ley 21659 .y creo que el error central fue no adoptar las medidas de seguridad exigida por la normativa lo que constituye a un incumplimiento directo d sus deberes legales como sujeto obligado creo yo artículo 7 entidades obligadas articulo 8 responsabilidad del obligado artículo 9 fiscalización y sanciones según la ley 21659 esto la expone a sanciones administrativas graves suspensión de actividades penales en caso de daños En definitiva la omisión refleja una vulneración tanto a la normativa como al deber de diligencia empresarial y en la gestión de riesgo