31/01/2026 a las 13:24
#10190
Excelente precisión. Tu respuesta demuestra un manejo técnico riguroso, diferenciando correctamente entre el marco normativo de la Ley N° 21.659 y el enfoque propio del derecho laboral. Destaca tu claridad al explicar que la responsabilidad del contratante no es absoluta, sino que surge por omisión en los controles esenciales.